Las Orientaciones para los Estados miembros publicadas en noviembre de 2021 establecen que, en el marco del MRR, el tamaño del cartel o placa debe de ser un tamaño razonable y proporcionado, no existiendo un tamaño mínimo obligatorio, teniendo en cuenta que debe darse la mayor visibilidad posible.
Cuando los beneficiarios sean personas físicas y la ejecución se realice en edificios y espacios privados, se sugiere utilizar carteles pequeños (A4 o A5) que muestren el emblema de la UE y la declaración en la que se reconoce el origen de la financiación de la UE.
Se recomienda que los logos ocupen al menos el 25% de la superficie del cartel o placa y que se ubiquen en la franja superior o inferior. Y que estos cumplan las características técnicas indicadas, en el acuerdo de financiación (por ejemplo, sobre el tamaño del emblema de la UE en relación con otros logotipos, etc.).
Se recomienda utilizar las sinergias entre otras financiaciones de la UE y el MRR, en la medida de lo posible, sobre todo porque los requisitos de comunicación y visibilidad son similares. En este sentido, para las operaciones que impliquen infraestructura física o compra de equipamiento recomiendan considerar el uso de vallas y placas que proporcionen un elemento duradero de comunicación del apoyo de la UE, para asegurar la proporcionalidad de los esfuerzos de comunicación.
A modo de ejemplo, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) ha establecido el tamaño mínimo A3 para las placas o carteles de carácter permanente que se deben colocar tras finalizar una operación.