La tramitación de los convenios o de cualquier instrumento jurídico del Plan deberá incorporar en el cuerpo de dicho instrumento jurídico el conjunto de obligaciones que las entidades destinatarias de dicho instrumento o partes del mismo han de cumplir y realizar, observando en todo momento cumplir con la relación de principios transversales ligados al MRR. Así, y sin que estos elementos constituyan una relación numerus clausus, los instrumentos jurídicos deberán recoger la contribución específica al H/O de gestión crítico, no crítico o auxiliar al que contribuyen, en qué proporción lo hacen, las obligaciones específicas en materia de DNSH, prevención del fraude la corrupción y los conflictos de interés; prevención de la doble financiación y obligaciones de comunicación, entre otros. Deberán recoger el marco jurídico de aplicación, así como el horizonte temporal en el que éste se ejecuta considerando siempre la fecha de finalización del H/O CID o de la medida, según aplique en cada supuesto.