Si se desea eliminar una actuación dentro de cualquiera de los nodos que configuran el sistema de gestión integrada CoFFEE, se debe proceder dependiendo del estado en que se encuentre dicha actuación:
1º. Si las actuaciones están en "borrador" diferenciamos los siguientes supuestos:
a) Si el instrumento jurídico asociado a la actuación no tiene CRO asignado, una vez eliminado el contenido de la actuación/instrumento jurídico (datos económicos, instrumentos jurídicos e hitos/objetivos) se procederá a su borrado.
b) Si el instrumento jurídico asociado a la actuación tiene CRO asignado, pero aún no se ha designado al responsable de operación (si estuviera pendiente de aprobación se anula la petición), se aplica lo establecido anteriormente en cuanto a dejar la actuación a cero. Es decir, se elimina la información en cuanto a documentos, importes, HGC, HGNC o HAP, instrumentos jurídicos, beneficiarios, contratistas, etc. Una vez que la actuación se ha dejado sin contenido se solicitará su borrado al CAU.
c) Si el instrumento jurídico asociado a la actuación tiene CRO y responsable de operación aprobado no es posible borrar la actuación. En este caso se debe diferenciar:
i) Si aún no se hubiese realizado el cruce de Minerva, se debe dejar la actuación/instrumento jurídico sin datos al igual que en el punto anterior y en apartado de observaciones se debe añadir explicación o justificación.
ii) Si ya se ha realizado el cruce de Minerva, igualmente se debe dejar la actuación/instrumento jurídico sin datos como en los dos casos anteriores, y en el apartado de observaciones se debe añadir explicación o justificación.
En los dos supuestos anteriores, dado que no se puede eliminar la actuación/instrumento jurídico, se recomienda pasarla a una anualidad donde no haya otras actuaciones para no pasarla a revisada junto con el resto de la planificación. Si no hubiera planificaciones vacías, se pasa temporalmente a otra anualidad, se revisan las de la anualidad que están correctas y la actuación que se quiere eliminar se devuelve a la anualidad con el resto, pero manteniéndola en borrador.
2º. Si las actuaciones están en estado "en revisión" se debe solicitar volver a pasar la planificación a estado borrador y seguir los pasos anteriormente descritos.
3º. Si las actuaciones están en estado "revisado" nos encontramos distintos supuestos en función de su contenido respecto al CRO y responsable de operación:
a) Si el instrumento jurídico asociado a la actuación no tiene CRO asignado, se dejará el instrumento jurídico a cero y se borrarán todos los datos y documentos (los beneficiarios, contratistas, etc.,) y a continuación se solicitará al CAU que proceda al borrado de la actuación.
b) Si el instrumento jurídico asociado a la actuación tiene CRO asignado, pero aún no se ha designado al responsable de operación (si estuviera pendiente de aprobación se anula la petición), se dejará el instrumento jurídico a cero y se eliminan todos los datos y documentos (beneficiarios, contratistas, etc., ). A continuación se solicitará al CAU que proceda al borrado de la actuación.
c) Si el instrumento jurídico asociado a la actuación tiene CRO y responsable de operación designado (aprobado) no es posible borrar la actuación, nos encontramos con dos posibilidades:
i) Si aún no se hubiese realizado el cruce de Minerva, se debe dejar la actuación sin datos (el usuario puede eliminar, instrumentos jurídicos y destinatarios), y realizar la petición al CAU para que mediante modificación de datos pueda eliminar recursos económicos e hitos/objetivos de gestión críticos y/o no críticos y/o hitos auxiliares, y en el apartado de observaciones se debe añadir explicación o justificación.
ii) Si tiene CRO, responsable de operación aprobado y se ha realizado el cruce de Minerva, igualmente se debe dejar la actuación sin datos/documentos como en los dos casos anteriores (el usuario puede eliminar los documentos anexos e información del destinatario), y se debe formular la correspondiente petición al CAU para que mediante modificación de datos pueda eliminar recursos económicos e hitos/objetivos de gestión críticos y/o no críticos y/o hitos auxiliares, y en el apartado de observaciones se debe añadir explicación o justificación.