Se debe validar que las modificaciones o adaptaciones de los proyectos/subproyectos garantizan el cumplimiento de todos los principios del Plan, conforme a lo previsto en la Orden HFP/1030/2021 del sistema de gestión; por ejemplo, se debe asegurar que los campos de intervención de la medida (son las dimensiones y códigos relativos al tipo de intervención del MRR que determinan los porcentajes de etiquetado verde o digital según lo establecido en los Anexos VI y VII del Reglamento UE 2021/241, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia) no se ven modificados. Si no fuera así, supondría un cambio sobre el Plan aprobado que requeriría una revisión específica.
Lo que tiene que quedar claro es el encaje de todas las actuaciones que se quieren financiar con el MRR con la descripción del componente y de la medida que formaba parte de la documentación aprobada por el Consejo de Ministros y remitida a la Comisión Europea.