En el documento de Metodología de Gestión de Hitos y Objetivos del PRTR, en su Apartado 6. “Entidades Instrumentales y Subproyectos Instrumentales”, se establece lo siguiente:
“Conforme a la Resolución 1/2022, cada Entidad ejecutora deberá comunicar a la SGFE la relación de entidades del sector público con participación instrumental que van a participar y el instrumento jurídico que formalice la participación. Esta obligación se materializará con la creación en COFFEE del Subproyecto instrumental, en el que debe figurar la Entidad instrumental, y con el registro del instrumento jurídico en la Actuación correspondiente del Proyecto/Subproyecto de la Entidad ejecutora, sin perjuicio de la posterior revisión de la información facilitada.”
Por ello, la participación de entidades instrumentales en el PRTR quedará comunicada al estar asignada a un subproyecto en CoFFEE, por parte de una Entidad Ejecutora.